Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procurador General de la Nación e intervinientes están legitimados para presentar recusaciones
- Recusación por Procurador General de la Nación o demandante en caso que no manifieste impedimento
- Restricción a legitimidad para presentar recusaciones
- Competencia del resto de los magistrados
- Análisis del juez parte de juicio de valor sobre hechos y argumentos
- Improcedencia por no demostrar afectación de imparcialidad ni capacidad de decidir
- Calidad de interviniente
- Causal subjetiva del régimen procesal civil
- Causales objetivas y subjetivas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La Sala Plena se pronuncia sobre las recusaciones formuladas contra el Dr.
Mauricio González, el incidente fue abierto mediante Auto 350 de 2009, dentro del proceso de control de constitucionalidad de la Ley 1354 de 2009, se estudia la regulación y el trámite de las recusaciones de los magistrados de la Corte Constitucional, se realizan algunas consideraciones sobre la causal de recusación de interés directo y se concluye, que la condición subjetiva del Dr.
González de haber mantenido una relación conyugal con la señora Marcela Monroy, no configura la causal de recusación objeto de estudio, por lo tanto la solicitud de recusación es impertinente, porque los hechos en los que se basa no demuestra per se afectación de la imparcialidad ni de la capacidad de decidir en derecho del Magistrado en cuestión, respecto del presente caso, se decide declarar infundada la recusación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional
- RESUELVE
- DECLARAR INFUNDADA la recusacion presentada por el ciudadano Reinaldo Villalba Vargas, contra Magistrado Mauricio Gonzalez Cuervo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.